cooperativa-cienfuegos-580x388Con el fin de resolver la centralización de funciones y disminuir el exceso de trámites para la población, así como numerosas restricciones en el Sistema de la Vivienda, se publica este viernes en la Gaceta de Cuba las normas jurídicas sobre el perfeccionamiento de los sistemas de Vivienda y de Planificación Física.

 

Especialistas consultados por el diario Granma coincidieron en destacar que el proceso también tiene como objetivo fortalecer el Or­de­namiento Territorial y Urbano, y enfrentar las violaciones y construcciones ilegales.

Se trata, en esencia, de traspasar al Instituto de Planificación Física (IPF), al Ministerio de la Construcción, al Sistema de Tribunales, al Mi­nisterio de Justicia, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a otros Organismos de la Administración Central del Estado, muchas de las funciones que hasta el momento tenía el Instituto Nacional de la Vivienda.

La base jurídica de esta decisión se ha dado a conocer en la mañana de este viernes, con la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.40 del Decreto Ley 322 y de varias resoluciones complementarias, que entrarán en vigor el 5 de enero del 2015.

Granma entrevistó a Belkys Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF, entidad que recibe la mayoría de las funciones anteriormente asumidas por el Instituto Na­cional de la Vivienda, quien aseguró que “en estos instrumentos de control se dispone el uso y destino del suelo, así como las regulaciones urbanísticas, las rela­tivas al medio ambiente, las higiénico sanitarias y las de recursos hidráulicos, entre otras”.

Añadió que “las funciones que se traspasan del sistema de la Vivienda al de Planificación Física son:

    expedir las licencias y autorizaciones pa­ra la realización de acciones constructivas en la vivienda;
    establecer y controlar las normas para el mejor funcionamiento de los asentamientos urbanos y rurales;
    asignar te­rrenos estatales a las personas naturales o jurídicas que los soliciten para construir viviendas;
    certificar la habitabilidad de las viviendas terminadas que cumplan las regulaciones urbanas y constructivas;
    elaborar y aprobar los procedimientos de los dictámenes técnicos para la descripción y tasación de las viviendas;
    aprobar la certificación de medidas y linderos, del traspaso de solares yermos y azoteas, además del ejercicio del derecho de tanteo a favor del Estado;
    y representar al Estado ante los or­ga­nismos internacionales en el ámbito de los Asentamientos Humanos y el Hábitat”

Aseguró que direcciones de Planificación Física van a realizar de oficio y sin costo adicional para la población trámites como las aprobaciones de Higiene, las regulaciones so­bre protección contra incendios, entre otras asociadas a las licencias de construcción y los habitables, que hoy los interesados tienen que agenciarse de forma individual, lo cual dificulta y dilata el asunto.

Aseguró que quienes desean cambiar el piso, levantar una meseta, hacer una división interna que no afecte la estructura de la casa, no tienen que hacer ninguno tipo de trámites.

También, se perfecciona el pro­cedimiento para la asignación de terrenos es­tatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio.

“Las entregas de terrenos se realizarán por parte de las direcciones de Planificación Física a los casos aprobados por los Consejos de Ad­ministración municipales, mediante el otorgamiento de derecho perpetuo de superficie. Al recibir el terreno estatal las personas deberán comenzar la ejecución de la obra en el término de un año, que podrá ser prorrogado por un año más. Si no se ha construido durante ese tiempo, podrá cancelarse la asignación, pues existe una necesidad creciente de terrenos para construir viviendas y lo que no se puede permitir es congelar dichas zonas”.
Funciones del Instituto Nacional de la Vivienda traspasadas a otros Ministerios, Órganos, Organismos y Entidades

Al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
• Dirigir y controlar la actividad de arrendamiento de viviendas, habitaciones y es­pacios.

Al Ministerio de Justicia
• Establecer el procedimiento para las permutas donde al menos una de las viviendas sea vinculada o un medio básico.

A los Tribunales Populares
• Conocer los litigios que se produzcan entre propietarios de viviendas, y las re­clamaciones de derecho entre propietarios, cuyos documentos sean judiciales o nota­riales.

A los órganos, organismos de la Ad­ministración Central del Estado y entidades nacionales
• Controlar, declarar, contratar y cesar las viviendas vinculadas y medios básicos que integren su patrimonio.

Las demás funciones y facultades, que otorgan la Ley General de la Vivienda y otras disposiciones vigentes, al Instituto Nacional de la Vivienda y su Presidente, son asumidas por el Ministerio de la Construcción y su Ministro.

Fuente: Cubadebate

Comentarios   

0 #31 Adaliz Garcia Camue 21-04-2021 02:09
Soy madre de tres pequeños 9,6 años y la mas pequena d 11meses,y ahora viene otro mas.Mi inquietud es para saber a quien debo dirigirme para solicitar u terreno para la construccion d una vivienda pues la trabajadora social q me atiende no sabe darme respuesta.
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+2 #32 Nelson Evis Sánchez Vidaurreta 24-04-2021 04:29
Vivo en un edificio situado en Lealtad #214 entre Concordia y Virtudes. Desde El 27/11/2020. LA vivienda municipal coloco a una familia en area comun del edificio. He expresado mi queja a multiples instancias sin que nadie se pronuncie al respecto. Que debemos hacer Los propietarios para lograr restablecer la legalidad y que no continue El quebrantamiento de la ley?
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0 #33 Yaimí Gonzalez Silva 10-05-2021 23:28
Convivo en mi casa con mi hermano que tiene esquizofrenia y mi niño que tiene 2 años.Solicite un terreno para construir por medios propios y me dicen que desde el 2018 no otorgan,que hay un escalafón y no tienen terrenos que otorgar.Sin embargo al lado de mi apartamento se han dado dos casos de personas que han usurpado terrenos estatales y luego se lo han legalizado.Es acaso está la vía que aprueba el país? Premiando la ilegalidad, mientras los que realizamos los trámites correctamente no recibimos respuesta o no nos dan ninguna esperanza.
Hay que tener mucho cuidado porque indirectamente estan estimulando las construcciones ilegales que no respeten las normativas y la legalidad.
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0 #34 Arabelys 20-05-2021 16:18
Hola,tengo tres niños ,entre ellos un par de gimaguas q van a un círculo especial con trastornos de lenguaje... y hasta con trastornos psicológicos pues sin una casita" como dicen los más pequeños donde vivir,obtuve un terreno ,pues no tengo donde vivir con mis hijos,he estado viviendo en unos cuantos lugares ,ya llevamos así más de una año,rezando para que todo marche bien con la covid -19 y que habrán para por todos los medios me admitan el subsidio.Espero que todo se mejore.Mis más respetos y saludos
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+1 #35 Yaisdely Castillo Hernandez 01-06-2021 23:38
necesito saber como proceder para sacar el habitable de mi casa pues hice una contruccion ilegal encima de la casa de mi mama pero ahora me dicen q no puedo entrar a hacer ningun tramite hasta que a ella abajo no le den el habitable,pueden explicarme el porque debo esperar si son viviendas separadas.
me habian comentado que podia entrar en tramite con un OL per siguen con que hasta q la de abajo no este con habitable no puedo hacer nada arriba..me pueden dar respuesta porfa..me urge ..Gracias
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+3 #36 Arlety durive toirat 01-07-2021 02:55
Mi papá falleció y soy heredera universal, qu debo hacer para ajuicarme la vivienda,
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-3 #37 Dayana 10-09-2021 02:18
Necesito saber si el propietario de la vivienda donde vivo me puede sacar de la casa tengo tres niños dos biben conmigo uno de siete meses y la otra de cinco el de siete meses es su nieto yo vivo arriba en la placa y el papa del niño y el propietario me estan sacando a la calle yo no tengo casa ni donde estar que tengo que hacernecesito informacion
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+3 #38 Arletys 01-10-2021 20:14
Necesito me ayuden informándome que regulación de planificación física plantea las regulaciones que se deben cumplir en el caso de una vivienda interior en cuanto a cerca perimetrales
Gracias
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0 #39 Luisa 27-10-2021 15:18
compre una casita de la cual la propietaria es una señora anciana pero la propiedad la tiene una hija que no me quiere dar la propiedad para yo poder legalizar la casita que compre que debo hacer y si hay alguna ley que me ampare pues sooy una mujer sola y con un niño sindrome de down y no me puedo quedar en la calle pues no tengo para donde ir
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+1 #40 Maria 22-11-2021 18:57
La donacion de viviendas puede ser a cualquier persona sin lazos de consanguinidad?
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+2 #41 Yuya 27-12-2021 12:46
Hola necesito saber cuales son las regulaciones urbanística q debo tener entre mi colindante y yo .porque las misma me a colocado detrás de mi vivienda instalaciones hidráulica y una habitación. Q debo hacer me podrían ayudar
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+1 #42 Shirley 28-02-2022 04:28
Hola, me gustaría saber que trámites debo hacer para el cambio de concepto de una vivienda.
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0 #43 ALEIDA 07-07-2022 00:22
Saludos.Un cubano ciudadano amricano,se puede comprar una casa en cuba y ponerla a su nombre aun si su pasaporte cubano dice k es emigrado??
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0 #44 Marlem 31-07-2022 04:39
Puede una persona después de adquirir su propiedad entregarla a vivienda para q esta le de un papel y pueda ir al banco a q le devuelvan el dinero q pago x la vivienda adquirida
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+1 #45 Emelyn 14-10-2022 03:48
Hola,yo compré una vivienda pero la propiedad está aún a nombre del dueño anterior,este salió de cuba hace más de 5 años y mandó a su padre a venderme poniéndome que vendría a Cuba a poner la propiedad a mi nombre pero no lo ha hecho y no creo q lo haga, yo soy madre de una niña pequeña y realmente necesito vender la casa para adquirir otro inmueble, por favor necesito orientacion, suplico ayuda,de que forma puedo poner la casa a mi nombre sin la presencia física del dueño legal ?
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-1 #46 Ania 03-12-2022 05:33
Hola cómo pudiera descargar el código vigente de vivienda en Cuba.
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-1 #47 Yisel 19-08-2023 15:37
Buenos días necesito q alguien me diga q es lo q tiene q hacer mi abuela q lleva más de 20 años cuidando a su hermano q es Síndrome de Down y la casa esta a nombre de su mamá q esta fallecida y q también cuido hasta q se murió,quedan tres hermanos ninguno vive la casa no ayudan en nada y no están de acuerdo a ceder el apartamento
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-1 #48 jorge 16-12-2023 05:30
hola una pregunta si yo tengo una casita en altos con ventanas y puertas laterales no son en paredes medianeras pero dan para la placa de mi vecino el me las quiere cerrar yo tengo una niña operada de de corazon necesita de bentilacion que ley me ampara esas ventanas son hechas mas de 23 años el se mudo reciente me quiere dejar sin aire alguno yo vivo en altos pero mi casa mide 7 metros de largo por 4 de ancho una sola habitacion con una ventana y puerta
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-1 #49 LAZARO NORGUE URRIBARRENA 01-01-2024 18:30
MI PAPA FALLECIO Y LA PROPIEDAD ESTA A SU NOMBRE Y MI MAMA ES LA HEREDERA Y SOMOS 3 HERMANOS YO VIVO CON ELLA Y MI ESPOSA TAMBIEN MI ESPOSA Y YO LLEVAMOS 31 AÑOS DE MATRIMONIO Y MI MAMA TIENE DEMENCIA SENIL Y FRACTURA DE CADERA UNA DE MIS HERMANA NO SE OCUPA DE MI MAMA Y LA OTRA VIVE EN ITALIA Y LA QUE NO SE OCUPA DE ELLA QUE NO VIVE CON NOSOTROS TIENE SU PROPIA CASA Y HACE MAS DE UN AÑO QUE NO VIENE A VERLA Y TIENE RESIDENCIA MEXICANA Y YO QUIERO PONER LA PROPIEDAD A MI NOMBRE PORQUE MI MAMA.NO PUEDE POR SU EMFERMEDAD QUE SEBO HACER POR FAVOR ME EXPLICAN
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