cooperativa-cienfuegos-580x388Con el fin de resolver la centralización de funciones y disminuir el exceso de trámites para la población, así como numerosas restricciones en el Sistema de la Vivienda, se publica este viernes en la Gaceta de Cuba las normas jurídicas sobre el perfeccionamiento de los sistemas de Vivienda y de Planificación Física.

 

Especialistas consultados por el diario Granma coincidieron en destacar que el proceso también tiene como objetivo fortalecer el Or­de­namiento Territorial y Urbano, y enfrentar las violaciones y construcciones ilegales.

Se trata, en esencia, de traspasar al Instituto de Planificación Física (IPF), al Ministerio de la Construcción, al Sistema de Tribunales, al Mi­nisterio de Justicia, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a otros Organismos de la Administración Central del Estado, muchas de las funciones que hasta el momento tenía el Instituto Nacional de la Vivienda.

La base jurídica de esta decisión se ha dado a conocer en la mañana de este viernes, con la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.40 del Decreto Ley 322 y de varias resoluciones complementarias, que entrarán en vigor el 5 de enero del 2015.

Granma entrevistó a Belkys Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF, entidad que recibe la mayoría de las funciones anteriormente asumidas por el Instituto Na­cional de la Vivienda, quien aseguró que “en estos instrumentos de control se dispone el uso y destino del suelo, así como las regulaciones urbanísticas, las rela­tivas al medio ambiente, las higiénico sanitarias y las de recursos hidráulicos, entre otras”.

Añadió que “las funciones que se traspasan del sistema de la Vivienda al de Planificación Física son:

    expedir las licencias y autorizaciones pa­ra la realización de acciones constructivas en la vivienda;
    establecer y controlar las normas para el mejor funcionamiento de los asentamientos urbanos y rurales;
    asignar te­rrenos estatales a las personas naturales o jurídicas que los soliciten para construir viviendas;
    certificar la habitabilidad de las viviendas terminadas que cumplan las regulaciones urbanas y constructivas;
    elaborar y aprobar los procedimientos de los dictámenes técnicos para la descripción y tasación de las viviendas;
    aprobar la certificación de medidas y linderos, del traspaso de solares yermos y azoteas, además del ejercicio del derecho de tanteo a favor del Estado;
    y representar al Estado ante los or­ga­nismos internacionales en el ámbito de los Asentamientos Humanos y el Hábitat”

Aseguró que direcciones de Planificación Física van a realizar de oficio y sin costo adicional para la población trámites como las aprobaciones de Higiene, las regulaciones so­bre protección contra incendios, entre otras asociadas a las licencias de construcción y los habitables, que hoy los interesados tienen que agenciarse de forma individual, lo cual dificulta y dilata el asunto.

Aseguró que quienes desean cambiar el piso, levantar una meseta, hacer una división interna que no afecte la estructura de la casa, no tienen que hacer ninguno tipo de trámites.

También, se perfecciona el pro­cedimiento para la asignación de terrenos es­tatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio.

“Las entregas de terrenos se realizarán por parte de las direcciones de Planificación Física a los casos aprobados por los Consejos de Ad­ministración municipales, mediante el otorgamiento de derecho perpetuo de superficie. Al recibir el terreno estatal las personas deberán comenzar la ejecución de la obra en el término de un año, que podrá ser prorrogado por un año más. Si no se ha construido durante ese tiempo, podrá cancelarse la asignación, pues existe una necesidad creciente de terrenos para construir viviendas y lo que no se puede permitir es congelar dichas zonas”.
Funciones del Instituto Nacional de la Vivienda traspasadas a otros Ministerios, Órganos, Organismos y Entidades

Al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
• Dirigir y controlar la actividad de arrendamiento de viviendas, habitaciones y es­pacios.

Al Ministerio de Justicia
• Establecer el procedimiento para las permutas donde al menos una de las viviendas sea vinculada o un medio básico.

A los Tribunales Populares
• Conocer los litigios que se produzcan entre propietarios de viviendas, y las re­clamaciones de derecho entre propietarios, cuyos documentos sean judiciales o nota­riales.

A los órganos, organismos de la Ad­ministración Central del Estado y entidades nacionales
• Controlar, declarar, contratar y cesar las viviendas vinculadas y medios básicos que integren su patrimonio.

Las demás funciones y facultades, que otorgan la Ley General de la Vivienda y otras disposiciones vigentes, al Instituto Nacional de la Vivienda y su Presidente, son asumidas por el Ministerio de la Construcción y su Ministro.

Fuente: Cubadebate

Comentarios   

+9 #1 Carmen 17-09-2018 15:53
Cuándo se pondrá en vigor las nuevas normas que hablan sobre los declarados arrendatarios por haber comprado viviendas ileglamente y que podran adquirir estas en propiedad.
Existe el comentario y se dice que estas normas estan en las Direcciones de Vivienda, pero no se sabes cuando se llevaran a efecto.
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0 #2 Ida 14-01-2019 16:15
¿ que hacer y donde dirigirme para poner en la propiedad dos habitaaciones de la casa ke no se encuentran en la misma?
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0 #3 Orlando pino 13-02-2019 17:19
Poseo una casa sobre otra propiedad independiente. A un costado hace más de 20 anos hubo una casa en derrumbe, ahora pretenden construir una nueva casa pero esta vez de dos plantas, en este caso la segunda planta afectaría la claridad y ventilación de la mía. En mi propiedad está especificado que no tengo colindantes, mi pregunta es ,ellos pueden construir y a la vez afectarme
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+2 #4 Celia M. Fajardo Martínez 11-03-2019 18:15
Compré una pequeña vivienda en abril del 2018 y quiero ampliarme pues es pequeña (cuarto,cocina comedor y baño), hacia el lateral, donde está la vidivisión de mi muro, que colinda con un pequeño solar yermo,(3 metros) que da a una calle que aún viales no ha terminado de construir, es decir quedarian despues de esto 3 mtros mas o menos, Planificación Física me dice que yo no me puedo montar encima de mi muro, por ende tampoco me puedo montar encima del muro del vecino que colinda conmigo en el otro lateral, pido esa pequeña franja, para ampliarme, me comunica Planificación cuando me visitan que es de interes del estado, necesito respuesta , en espera de su respuesta, saludos cordinales
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-1 #5 Anisbel Viña Sánchez 23-03-2019 13:01
Hola
Mi casa colinda lateralmente con un pasillo por donde antiguamente tenía salida mi patio pero al remodelar la casa lo convertimos en un cuarto al cual no le hicimos ventanas hacia dicho pasillo, pasillo al que tienen acceso 3 viviendas a la izquierda sin contar la pared de mi cuarto que colinda con este y a la derecha un patio,es decir que si yo quisiera abrir una ventana no invado la privacidad de nadie. En estos momentos yo quiero colocar una ventana Miami para que me entre luz y un poco de aire pero una de las propietarias de las 3 viviendas se opone . Quisiera saber si tengo algún respaldo legal o que puedo hacer para lograr abrir dicha ventana
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0 #6 Yuribet Legra 25-04-2019 17:30
Soy de Moa Holguin, construí una vivienda en 2do piso, arriba de mis padres con Licencia de construcción 18 de agosto del 2004. Hace aproximadamente 10 años que culmine la misma, pero ahora me dispuse a sacar mi propiedad. teniendo en cuenta que me encontraba de certificado medico y podía dedicarme a las colas que se realizan en planificación física y el tiempo a dedicarle, Luego del largo proceso se me informa que por decreto Ley 212/00 litoral costero que debo estar a 20m y estoy a 17m. mi pregunta es por q me dieron Licencia de construcción, en mi manzana han construido por el estado viviendas afectadas por ciclones a menos de 10m del mar y se le han dado la propiedad. Por que debo estar ilegal en mi vivienda si cuando un día se decida reubicar o trasladar a este vecindario si me dan otra vivienda me deben dar la propiedad de la misma, pero en que año se determinara eso, hasta tanto debo estar ilegal. En espera de su atención. en espera de su atención.
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0 #7 Orlando lobaina 04-06-2019 19:00
Tengo una propiedad biplanta ,a un costado hace 20años hubo una edificación (casa) luego se convierte en solar yerno, ahora las personas pretenden construir una nueva edificación pegandose a mi pared ,alegando que hace 20 años hubo una casa que era pegada. Tengo entendido que con las nuevas leyes urbanísticas deben dejar pasillos sanitarios laterales de 0.75, cm cuan real es esto.. Saludos y gracias
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-1 #8 Alain 04-06-2019 21:17
Las nuevas leyes están muy buenas pero a mi no me llego,tengo un local que mi abuelo compro a una persona en el año 40 lo hemos usado toda la vida como garage y no tenemos documentos alguno de esos como lo legalizo si la ley nueva solo habla de vivienda no dice nada de locales ni garajes o algo parecido.
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0 #9 Dianelys 10-06-2019 21:42
Yuribet estoy en tu caso el mío es del 2014 y nada soy inlegal en mi probincia las tunas no me aprueban mi abitable por un sensiye en unas de las casas divididas somo 3 en el municipio de jobabo le bale madre las leyes de la vivienda el papeleo se te echan a perder los materiales esperando por el por el departamento de planificación fisica grasias si lo publican y lo toman en cuenta
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+1 #10 MARTHA 18-07-2019 18:36
Se puede comprar una propiedad si se vive en otro pais.
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-1 #11 Bertha 18-07-2019 22:24
Autorizaran en algun momento las piscinas ya construidas en una vivienda, daran permiso para construir una piscina?.
Gracias.
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0 #12 Lidia 02-08-2019 12:38
Mi madre y tia son copropietarias de la vivienda, mi tia quiere poner su copropiedad a mi nombre. Cómo y por dónde comenzar este trámite?
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-1 #13 ani 11-08-2019 02:33
Yito hice hace.3 años solicitud d terreno y todavia no tengo respuestas como saber si fui aprobada
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-1 #14 Soysa 13-08-2019 05:54
Como pudiera legalizar mi casita,ya que mi madre me permitió agrandarme en su terreno y continuación de su casa,es decir,como debo hacer el desloce,tengo dos niños,una bebé de 4meses y un niño de 9 años.yo hice mi casa antes k mi hijo naciera,por favor,yo quiero legalizar mi casita,y poderme mudar de ahí
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0 #15 yosbany 29-10-2019 14:47
Que tengo que hacer y donde tengo que dirigirme para la solicitud de un terreno para la construcción de una vivienda
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0 #16 Arianna Borrego Labrada 08-11-2019 06:39
Yo ise una compra de una vivienda una bisplanta abajo dicha casa tenia prolemas en los papeles ya que un propetario abia fallecido y m demore un año y medio en legalizar los papeles a mi nombre ,en este tiempo claramente no podia hacer ningun proceso legal en mi casa , las personas que viven ariba tienen un solar atraz que seguramente no tienen propiedad de esa parate a lo que ellos declaran que tienen derecho a pasar por mi patio y que el pozo de mi casa tambien le pertenece ,tambien tienen un fregadero de madera pegado a mi alero callendo agua las 24 horas del dia por donde ahora cuando llueve se me filtra el agua porque se an descubierto las cabillas de la placa yo quiero saber si ellos tienen derecho a pasar por mi patio y al poso aunque ellos lleven mas tiempo viviendo que yo . Gracias
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