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bloqueo a CubaEncontrar una definición detallada y profunda del bloqueo de Estados Unidos a Cuba u opiniones sobre las afectaciones que genera a nuestro país ha sido, sinceramente, más difícil de lo que esperaba.

Fuera de los sectores aludidos con mayor frecuencia por los medios de comunicación cubanos -salud, educación, deportes, finanzas y ciencias- las consecuencias de estas leyes para el proceso sociopolítico y la economía cubana, no parecen comprenderse por algunos ciudadanos.

En mi búsqueda de respuestas encontré preguntas, en algunos casos enajenación e incluso, análisis sesgados por visiones micro que desestiman su historia, alcance extraterritorial y el por qué nos afecta como país.

Buscar las causas de este desconocimiento nos llevaría a adentrarnos en cuestiones mediáticas, educacionales, sociales e incluso culturales que exceden una mera reflexión periodística; mas intentar esclarecer dudas no puede, ni será nunca en vano.

Por definición, el gobierno de Estados Unidos ha denominado embargo a lo que, en Cuba, conocemos como bloqueo.
Embargar significa retener por orden judicial un bien perteneciente a una persona, para asegurar la satisfacción de una deuda o el pago de la responsabilidad derivada de un delito. De igual modo se aplica a la prohibición del comercio y transporte de armas, materiales de guerra o determinados productos, decretada por un gobierno contra un país.

Primero, Cuba no le debe nada a Estados Unidos, por lo tanto esta definición no es aplicable. Segundo, no existe una guerra, situación excepcional o violación de llevada y traída Seguridad Nacional norteamericana, de modo que la aplicación de medidas extraterritoriales viola el Derecho Internacional, máxime cuando se trata de políticas de aislamiento, asfixia o inmovilidad que, según documentos estadounidenses desclasificados, promueven el cambio de régimen dentro de Cuba y el derrocamiento del gobierno.

Este conjunto de leyes forman un cerco político, financiero, tecnológico, comercial e incluso militar que limita las posibilidades de crecimiento, calidad de vida, acceso al conocimiento y expansión de la sociedad civil cubana, representada también en las organizaciones e instituciones que ven limitadas sus actividades dentro y fuera de Cuba. Se trata de vedar, hacinar, impedir todo lo que desafíe la lógica de funcionamiento estadounidense.

El bloqueo es ilegítimo y violatorio del derecho internacional, aunque para los norteamericanos no resulte ilegal, pues su carácter extraterritorial viola las normativas de la organización de Naciones Unidas, incluso la propia Carta, y sin embargo está sustentando en leyes aprobadas por el Congreso de los Estados Unidos, firmadas y renovadas por el Presidente de este país.

Tampoco se trata de una ley en concreto, sino un conjunto de ellas, basadas en la Ley de Comercio con el Enemigo de 1917, surgida al calor de la primera Guerra Mundial para aplicar sanciones económicas en tiempo de guerra o en cualquier otro período de emergencia nacional. Al amparo de esta legislación, se prohíbe a nacionales o personas sujetas a la jurisdicción de EE.UU realizar transacciones financieras con Cuba, se congelaron los activos cubanos y se prohibió la importación de bienes de origen cubano a ese país. Aunque totalmente descontextualizada, fue renovada por Obama en 2015.

Mucho ruido y pocas nueces...

El acceso a algunos productos y servicios se ha flexibilizado, pero no es igual para la gran mayoría de los sectores de la sociedad cubana. La prioridad depende de la conveniencia de Estados Unidos en el área comercial y su estrategia de influencia en la población cubana.

El Presidente Obama anunció este mes nuevas medidas paliativas al bloqueo. Sin embargo, estas no rozan, ni por un instante, las facultades que su puesto en el despacho oval le concede. Las prerrogativas ejecutivas alcanzan para modificar la aplicación de las regulaciones del bloqueo, hasta vaciarlo de gran parte de su contenido, y no lo ha hecho.

Los recientes anuncios solo flexibilizan las restricciones en relación a productos y servicios de interés para los Estados Unidos, desconociendo las prioridades de Cuba. Intereses y más intereses, la misma política e irrespeto a la bilateralidad en las negociaciones de dos países en proceso de normalización de relaciones diplomáticas.

La condena de la comunidad internacional al bloqueo de Estados Unidos contra Cuba no ha movido, en el seno del Sistema de Naciones Unidas, ninguna solución de carácter vinculante.

El gobierno de Barack Obama, como sus antecesores desde Jonh F. Kennedy, ignora la opinión del mundo y utiliza su derecho al veto en el Consejo de Seguridad, para impedir que la resolución de la Asamblea General prospere a nivel de este órgano ejecutivo.

Este 26 de octubre Cuba presenta nuevamente el Informe sobre la Resolución 70/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba". Veremos qué pasa... Yo, desde mi pedacito, voto contra el bloqueo.

Enlaces relacionados:
Resolución 70/5 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, titulada "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba"
Análisis jurídico sobre la ilegalidad del bloqueo impuesto a Cuba por los Estados Unidos