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La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en Guantánamo exhortó a los 264 trabajadores por cuenta propia (TCP) que han incumplido con la campaña de declaración jurada y pago de tributos, iniciada el ocho de enero a que honren esa obligación.

Ellos  pertenecen al Régimen Tributario General (RTG), en el cual se inscriben quienes solicitan licencias que reportan mayores ingresos (elaboradores de alimentos, transportistas, etcétera)  y para declararlos tenían como plazo voluntario hasta el 30 de abril, por lo cual ahora  deberán abonar recargo por mora.

Entre los “impuntuales” figuran nueve artistas de 703 también  inscritos en el RTG, régimen alternativo al Simplificado (RTS), el cual abarca, preferentemente, a los trabajadores no estatales de menores ingresos y los favorece con la exención de la DJ y el pago de una cuota mínima mensual  consolidada.

Esta última asignación incluye el impuesto sobre ingresos personales (ISIP) y el de las ventas (ISV) o el de Servicios Públicos (ISSP).

Aclararon en la ONAT que el monto de los tributos ingresan al presupuesto del Estado, garante de la educación, la salud y otros gastos sociales, y que de ellos se benefician también los “omisos”, como se denomina a quienes                                                                 no acuden a saldar su deuda con el fisco, ya sean personas naturales o jurídicas.

En contraposición, subrayaron, las 73 entidades comprometidas con el impuesto sobre utilidades lo satisficieron el 30 de marzo, fecha límite establecida, y merecieron una felicitación.

El pago de los afiliados a la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales y de otras figuras mixtas (pertenecen a entidades y entregan a ella parte de sus ganancias) fue del ciento por ciento, y se acogieron al  beneficio del descuento por pronto pago  230 contribuyentes, 80 más que en la campaña precedente.

En comparación con 2017 son más aleccionadores también  los resultados en el pago del impuesto sobre transporte terrestre (más conocido como “de la chapa”) cuyo término de liquidación es el 30 de septiembre, para personas naturales y jurídicas.

También en esa modalidad, los que  han acudido a las oficinas de la Administración Tributaria, superan el monto recaudado en igual período anterior, con bonificación por pago anticipado, o sin ella.

Por cuanto honrar al fisco es obligación legal y moral, a los incumplidores del impuesto sobre ingresos personales  la ONAT aplicará la sanción prevista en el Decreto 208 de 2012, del Sistema Tributario Cubano,  la cual consiste en una multa fiscal ascendente a 600 pesos.