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Miles de usufructuarios guantanameros pudieran perder los beneficios que proporciona la Seguridad Social de no afiliarse antes del próximo 7 de abril, al régimen especial creado para ese propósito como establece el Decreto Ley 358/2018 sobre la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo.

Así dio a conocer la delegación de la Agricultura y alertó que el incumplimiento de esa obligación, refrendada también en el documento legal, constituye elemento para rescindir el contrato de arrendamiento.

 

Sobre el particular, autoridades agrícolas en Guantánamo insistieron en hacer cumplir la legalidad para garantizar la protección de los usufructuarios y de sus familias e indicaron a los departamentos municipales de registro de tierra priorizar esa tarea, junto al Instituto Nacional de Seguridad Social y la Asociación de Agricultores Pequeños.

 

Enfatizaron en la necesidad de crear condiciones para que funcionarios de las citadas organizaciones se trasladen a los Consejos Populares y evitar que cientos de productores tengan que bajar de la montaña a las cabeceras de los municipios a realizar ese proceso.

 

Los beneficios del nuevo régimen especial de Seguridad Social consisten en la protección durante la jubilación, en casos de invalidez total temporal o permanente, y de maternidad hasta el año de nacido el bebé, explicaron especialistas.

 

La legislación aclara además que no deberán inscribirse los asalariados del sector estatal protegidos por el sistema general de seguridad social y los jubilados que establecen contrato de usufructo.