trabajo cuenta propia activid2ades portada 940 580x321Novedades para todos los actores económicos hay desde que el lunes 20 de septiembre entró en vigor el nuevo marco regulatorio para ese sector. Las regulaciones están publicadas en la Gaceta Oficial número 94 del 19 de agosto de 2021.

El objetivo es que el nuevo escenario permita aprovechar mejor las potencialidades de esos actores económicos para el desarrollo del país. Las medidas aprobadas para el perfeccionamiento del Trabajo por Cuenta Propia (TCP) y las Cooperativas no Agropecuarias (CNA), así como la creación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYME) incluyen la actualización de la norma legal tributaria.

En un trabajo anterior, Venceremos se refirió a las ya existentes CNA y a las nuevas Mipymes, a sus características y diferencias en el contexto del marco regulatorio.

En esta oportunidad, Yordenia Rodríguez Mengana, especialista tributaria territorial, de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en la provincia de Guantánamo, comenta lo relacionado con el perfeccionamiento del TCP.

Lo actual para el TCP

La especialista comienza precisando que el Trabajo por Cuenta Propia es la actividad o actividades que, de forma autónoma, realizan las personas naturales, propietarias o no de los medios y objetos de trabajo que utilizan para prestar servicios y producir bienes.

“Pueden ejercer este trabajo los jóvenes desde los 15 o 16 años, y un TCP puede tener hasta tres contratados. Actualmente en la provincia hay 14 mil 170 TCP incluyendo 3 mil 497 contratados por ellos”, explica Rodríguez Mengana.

“Al TCP se le autoriza a deducir los gastos de capital en los que incurre en el ejercicio fiscal, es decir, los pagos para adquirir equipamientos y mobiliario para el trabajo”, advierte la funcionaria.

Entre lo más nuevo está que un TCP puede realizar cualquier actividad, exceptuadas solo las indicadas expresamente en el Decreto 49/2021. “Anteriormente se podían realizar 127 actividades; ahora no hay límites en cantidad, sino una lista de actividades no autorizadas”, expresa la experta.

Tampoco tienen que inscribirse como trabajadores contratados, ni pagar la Seguridad Social, el o la cónyuge del TCP, sus familiares en estos grados de consanguinidad: padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos, y de afinidad: suegros, nueras, yernos que participan en el proyecto de trabajo.

“El responsable de cumplir las obligaciones tributarias de sus trabajadores es el titular, en el caso de que solicite emplear contratados”, indica la funcionaria de la ONAT. Ello se realiza en las oficinas de trámites, radicadas en las direcciones municipales de Trabajo; los de transporte de carga y pasajeros, y servicios auxiliares y conexos de estos, en las direcciones municipales de Transporte.

Rango de los TCP

Los cuentapropistas comercializarán productos y servicios a las personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras, ejecutarán sus pagos a través de la cuentaYordenia RodríguezYordenia Rodríguez Mengana: “En las nuevas regulaciones se toman en cuenta opiniones de trabajadores por cuenta propia en relación con las novedades de las medidas adoptadas”. corriente abierta en un Banco cubano, y realizarán la exportación en el marco de su actividad.

“También importarán materias primas o bienes para llevar a cabo sus producciones a través de las entidades exportadoras e importadoras autorizadas”, amplía la especialista.

En otro sentido, Rodríguez Mengana recuerda que se mantiene la bonificación del tres por ciento, si el titular paga sus obligaciones tributarias a través de las plataformas electrónicas, como Transfermóvil, entre otras.

Igualmente el marco regulatorio establece fijar contribuciones por fuerza de trabajo e ingresos personales-retenciones, al titular que tenga trabajadores contratados.

Relaciones con CNA y Mipymes

Los TCP pueden ser a la vez socios de una CNA y de una Mipyme.

La especialista tributaria informa que, incluso, un TCP que tenga más de tres trabajadores contratados puede solicitar la aprobación para constituir una CNA o una Mipyme.

“Hasta no recibir la aprobación para constituir la nueva forma continúa ejerciendo como TCP”, indica la especialista tributaria.

Régimen General de Tributación para todos

Otra novedad es que a partir del primero de enero de 2022 todos los TCP pasan al Régimen General de Tributación. “Solo se exceptúan -subraya la entrevistada- aquellos que se apruebe tributen por el Régimen Simplificado, porque así lo han solicitado, teniendo en cuenta que sus ingresos anuales no superan los 200 mil pesos, no tienen trabajadores contratados y particularidades de la ubicación geográfica del proyecto.

“Si al cierre del ejercicio fiscal el TCP adscrito al Régimen Simplificado tiene ingresos iguales o superiores a 200 mil pesos, le corresponde realizar la liquidación y pago anual del impuesto sobre los ingresos personales”, expone.

Por el momento, se mantendrán en el Régimen Simplificado hasta el 31 de diciembre de 2021 quienes han tributado por él hasta ahora. “En el período, quienes deseen mantenerse o pasar a él desde el General, deben solicitarlo.

“Deben enviar el Modelo Solicitud de Autorización del Régimen Simplificado a la ONAT de su municipio de residencia, entidad encargada de autorizarlo”, dice la especialista. “Si no lo hacen pasan directamente al Régimen General de Tributación a partir de enero de 2022”, reitera.

Por otra parte, los TCP en el Régimen General de Tributación quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria, la que a todos los efectos legales y de control tributario se considera una “cuenta bancaria fiscal”, que declaran ante la ONAT.

Explica Rodríguez Mengana que esta cuenta se habilita en pesos cubanos y debe mantener un saldo mínimo de 3 mil pesos.

A la entrada en vigor de la nueva norma se considera como cuenta bancaria fiscal la cuenta corriente que el TCP tenga habilitada en pesos cubanos y las abiertas en MLC. “Similar condición tendrán las cuentas corrientes en MLC habilitadas con posterioridad a la presente”, concluye la especialista tributaria territorial.

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