Con la entrada en vigor de la nueva Ley del Notariado se introducen cambios significativos en los procedimientos legales del país, orientados a simplificar trámites y fortalecer la seguridad jurídica.
Según publica hoy en su perfil oficial de Facebook el Ministerio de Justicia de Cuba (Minjus), entre las principales modificaciones se encuentra la eliminación de los testigos instrumentales en matrimonios y testamentos, pues ahora el notario asume de manera directa la verificación de los actos.
Asimismo, se establece la publicidad previa obligatoria únicamente para tres trámites: matrimonio, unión de hecho afectiva y declaratoria de herederos.
En estos casos, aclara el mensaje, el notario publicará durante cinco días hábiles los nombres de los involucrados y el acto que realizarán, sin incluir datos sensibles, con el fin de garantizar que cualquier persona con un derecho legítimo pueda presentar oposición.
Asimismo, las autoridades del Ministerio de Justicia precisaron que este paso previo constituye una garantía adicional para la transparencia y la protección de derechos, por lo que se recomienda a la población consultar con anticipación al notario antes de iniciar los procesos.
Con estas disposiciones, la nueva Ley del Notariado busca modernizar el ejercicio de la función notarial en Cuba y ofrecer mayor seguridad a los ciudadanos en actos de especial trascendencia social y familiar.
Tomado de ACN




