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No importa si se trata del sector estatal, cooperativo, privado o mixto, tampoco si se paga en moneda nacional o libremente convertible (CUC), de cualquier manera, los consumidores cubanos tienen la percepción de que sus derechos no son respetados.

Lo afirman estudios socioeconómicos que reconocen la insuficiencia de las entidades de comercio, gastronomía, servicios técnicos y de alojamiento, como resultado, entre otros factores, de la ausencia de una política rectora de los deberes y derechos del consumidor, deuda que intenta saldar la Resolución 54 de 2018 aprobada recientemente por el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN).

Denominada “Indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno”, es de obligatorio cumplimiento para quienes ejercen la comercialización de bienes y servicios, pues establece el derecho de los clientes a recibir prestaciones de calidad y el deber de las entidades de garantizar el abastecimiento oportuno de artículos de primera necesidad.

La regulación explica que los clientes podrán exigir información precisa sobre los productos demandados y trato amable por quienes los atienden, en tanto, en las unidades deben crearse condiciones para la espera, lo que equivale a poner asientos y, en el caso de los que no son bajo techo, alternativas de protección del sol y la lluvia; un proceso que demandará de inversiones para crear o ampliar áreas y capacidades de espera en entidades de la provincia.

Sin embargo, una política no es suficiente para solucionar los problemas de los consumidores, afectados por la irregularidad en los abastecimientos y periodos de ausencia de productos básicos de aseo como el desodorante, y de alimentación, como las carnes de cerdo y pollo.

Por otra parte existe desproporción entre la calidad, cantidad y precios (sobre todo en tiendas de las corporaciones Cimex y TRD Caribe), donde además son tortuosos los mecanismos de garantía comercial, haciendo casi imposibles las devoluciones y peor aún, las indemnizaciones.

Afecta también la apatía e insuficiente preparación de los vendedores para ofrecer información adecuada, unos por la falta de capacitación, y otros por insensibilidad para atender al público; sumado a la escasez de iniciativas de promoción y rebajas de precios solo cuando los productos están al límite de su fecha de vencimiento.

Con esas deficiencias, es imposible garantizar el derecho del consumidor a la libertad de elección y la equidad en la realización de intercambio, pues en las tiendas de divisa, por ejemplo, el importe de los productos equivale veinticinco veces a su valor, pues operan con una moneda distinta y superior en ese número al bolsillo de los trabajadores.

De manera que, además de la Ley, necesitamos producción industrial y agroalimentaria que respalde la calidad y variedad en las tiendas y mercados, con énfasis en las unidades que expenden producciones locales a precios desproporcionados respecto al costo de fabricación.

Además, deben extenderse los horarios de servicio, y garantizar en cada puesto el número de trabajadores suficientes para que, por ejemplo, no se detenga la venta en horario de almuerzo o para recibir mercancías; así como estudiar una política que asegure la reparación oportuna por daños y perjuicios, haciendo efectivo el derecho a la compensación ante el incumplimiento del proveedor.

Pero sobre todo, hace falta, más que atiborrar las unidades de carteles y oficinas de información, hacer cumplir la Resolución y, en concordancia con los principios humanistas del socialismo cubano, brindar al cliente atención digna, transparente, equitativa, no discriminatoria ni abusiva en relación con las condiciones de calidad, cantidad, precio o medida de los productos y servicios de cualquier naturaleza que adquieran, en el camino por lograr una cultura del consumo responsable de acuerdo con las expectativas, preferencias y posibilidades de los consumidores.

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