Caricatura Ley Helms Burton

No faltan genuflexos al mandato del imperio que justifican sus más inicuos actos contra Cuba, con el supuesto fundamento de la voluntad soberana del matón de esquina de llevarse como quiera con los demás e imponer sus leyes más allá de sus límites territoriales.

Eso es lo que pasa con el bloqueo económico, comercial y financiero del gobierno de los Estados Unidos a Cuba. La verdad es que la guerra económica del imperio contra la Revolución Cubana empezó desde la misma madrugada del Primero de enero de 1959.

Inicialmente, el bloqueo se amparó en las facultades concedidas al presidente por la Ley de Asistencia Exterior, de 1961, para establecer el embargo total a todo comercio entre los Estados Unidos y Cuba, el tres de febrero de 1962, si bien desde 1959 se venían aplicando medidas económicas contra la joven Revolución.

Después la madeja madeinusa se fue enredando con más prohibiciones, normas, regulaciones y otros engendros por vía de las prerrogativas presidenciales, hasta que en 1992 nació la llamada Ley para la Democracia Cubana o Ley Torricelli, con el objetivo de aislar a Cuba política y económicamente.

El pretexto no era ya la “seguridad nacional” del imperio supuestamente “amenazada” por Cuba, sino “la violación de los derechos humanos y la falta de democracia” en la nación cubana.

Su carácter es eminentemente extraterritorial, explicitado en secciones sobre la cooperación internacional y sanciones que incluyen a compañías subsidiarias extranjeras o afiliadas a empresas estadounidenses que comercien con Cuba aún cuando radiquen en terceros estados y operen al amparo de las leyes de estos.

Sólo por servir a sus egoístas intereses políticos los gobernantes de Estados Unidos se entrometieron en los asuntos internos de otros.

No bastándole con ello, el imperio creyó llegado el momento de acabar con Cuba en 1996, cuando el pueblo resistía el Período Especial, la más grave complicación económica desde 1959, provocada por el derrumbe del campo socialista y el recrudecimiento del bloqueo.

Se promulga la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, conocida como Ley Helms-Burton, que entra en vigor el 12 de marzo de 1996. En ella se codifican en un solo cuerpo todas las normas, regulaciones, leyes y órdenes incidentes sobre el bloqueo, hasta entonces sólo presidenciales o parciales, cuya aplicación pasa a ser prerrogativa del Congreso.

Aparte de la extraterritorialidad que descalifica legalmente a la Helms-Burton, el bloqueo es un crimen definido como tal por las convenciones internacionales, y a la vez viola los derechos humanos del pueblo cubano, pues le niega a cada habitante de la Isla su existencia.

Las confiscaciones a los batistianos y demás corruptos, y las nacionalizaciones hechas por la Revolución fueron legítimas, en correspondencia con el derecho internacional y las leyes del país. Debe saberse y repetirse que, en el segundo caso, se incluyó en las leyes cubanas la compensación a los propietarios.

La política agresiva del gobierno de los Estados Unidos impidió hasta ahora las negociaciones para el pago por las propiedades nacionalizadas, sí cumplido con los extranjeros expropiados de otras naciones, por lo que la reciente habilitación del Título III de la Helms-Burton amplía la inaceptabilidad jurídica de la imposición imperial.

Si el bloqueo es, por sí mismo, un mal engendro de la obstinada y fallida política del imperio contra el legítimo derecho del pueblo cubano de defender su patrimonio, criminal e ilegal, mucho peor y también condenada al fracaso, es la ley Helms-Burton, en particular la pretensión de su capítulo III de disponer sobre las soberanas propiedades cubanas.

Aquí el disfraz de ley es mucho más ridículo y escandaloso, por lo que resulta inaceptable para quienes aprecian la legalidad.

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